{"id":436,"date":"2019-08-19T10:14:10","date_gmt":"2019-08-19T15:14:10","guid":{"rendered":"https:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/?p=436"},"modified":"2019-08-23T10:14:47","modified_gmt":"2019-08-23T15:14:47","slug":"impuesto-al-consumo-de-bolsas-de-plastico","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/impuesto-al-consumo-de-bolsas-de-plastico\/","title":{"rendered":"Impuesto al Consumo de Bolsas de Pl\u00e1stico"},"content":{"rendered":"\n<p>La Ley de Pl\u00e1sticos (vigente a partir del 1 de agosto del 2019) como\naspectos relevantes, ha establecido por un lado, la obligaci\u00f3n de cobrar al\nconsumidor por cada bolsa que se entregue, con ocasi\u00f3n a las actividades de\ncomercio en general, una suma equivalente al precio del mercado, y por el\notro,&nbsp; se ha creado el Impuesto al\nconsumo de bolsas de pl\u00e1stico (ICBPER) que grava la adquisici\u00f3n, bajo cualquier\nt\u00edtulo, de bolsas de pl\u00e1stico que sean entregadas por establecimientos\ncomerciales o de servicios de contribuyentes del IGV con la finalidad de cargar\no llevar tales productos enajenados (enajenaci\u00f3n que est\u00e1 referida a la\ntransferencia de propiedad a t\u00edtulo oneroso o gratuito).<\/p>\n\n\n\n<p>Dado que la norma ha restringido el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del impuesto al\nse\u00f1alar que \u201cla entrega de bolsas sea realizada por establecimientos\ncomerciales o de servicios de contribuyentes del IGV\u201d y dada la diversidad de\ninterpretaciones que puede atribuirse a dicho t\u00e9rmino, su Reglamento (Decreto\nSupremo N\u00ba 244-2019-EF) ha se\u00f1alado que dicho t\u00e9rmino incluye al lugar f\u00edsico o\nvirtual donde se realiza la actividad comercial de enajenaci\u00f3n de bienes y\/o\nprestaci\u00f3n de servicios a consumidores en la etapa final de comercializaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido, estar\u00e1 gravado con el impuesto la adquisici\u00f3n de bolsas\nde pl\u00e1stico que (i) sean entregadas por contribuyentes del IGV (ii) como parte\nde sus actividades de venta de bienes o prestaci\u00f3n de servicios (iii) a trav\u00e9s de\nestablecimientos comerciales o de servicios (iv) siempre que la adquisici\u00f3n sea\na consumidores en la etapa final de comercializaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>Respecto al aspecto subjetivo (\u00bfa qui\u00e9n grava?) la norma se\u00f1ala que si bien el contribuyente es la persona que adquiere las bolsas pl\u00e1sticas, el impuesto ser\u00e1 cobrado por la persona natural o jur\u00eddica afecta al IGV que transfiera aquellas como parte de sus actividades, la misma que tendr\u00e1 la calidad de agentes de percepci\u00f3n, por lo que deber\u00e1n declarar y pagar el impuesto mensualmente a la Sunat. <\/p>\n\n\n\n<p>El impuesto ser\u00e1 gradual y se aplicar\u00e1 por la adquisici\u00f3n de cada bolsa\nde pl\u00e1stico (unidad) que el cliente desee adquirir. As\u00ed, en el 2019 (a partir\ndel 01 de agosto del 2019) el monto del impuesto es de S\/ 0.10, en el 2020 de\nS\/ 0.20, y as\u00ed progresivamente, llegando a ser a partir del 2023 en delante de\nS\/ 0.50.&nbsp;De igual forma, se ha se\u00f1alado que dicho impuesto no forma parte\nde la base imponible del IGV.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, el Reglamento, en\nconcordancia con lo dispuesto por el art\u00edculo 4 de la Ley, ha establecido una\nserie de excepciones en las cuales no se aplicar\u00e1 el impuesto al consumo de\nbolsas de pl\u00e1stico (ICBPER), se\u00f1alando entre ellos, a aquellas que son\nnecesarias por razones de limpieza o salud, as\u00ed como a las bolsas biodegradables\nsiempre que las mismas cuenten con un certificado de biodegrabilidad emitido\npor un laboratorio acreditado y cumplan con la definici\u00f3n de \u201cbiodegradable\u201d\nque a tales efectos se\u00f1ala la Ley. \n\nCabe mencionar, que\nrespecto a la obligaci\u00f3n de consignar en el comprobante de pago los nuevos\nrequisitos vinculados al ICBPER (nombre del tributo, concepto y cuant\u00eda), la\nResoluci\u00f3n de Superintendencia N\u00ba 150-2019\/SUNAT que regula dichos aspectos ha\nse\u00f1alado que en el caso de emisores electr\u00f3nicos del Sistema de Emisi\u00f3n\nElectr\u00f3nica (SEE) desarrollado desde los sistemas del contribuyente, el SEE\nOperador de Servicios Electr\u00f3nicos (OSE) y el SEE Facturador Sunat el\ncumplimiento de dichos requisitos m\u00ednimos est\u00e1 suspendido hasta el 31 de marzo\ndel 2010, siempre y cuando se consigne en el Comprobante de Pago electr\u00f3nico el\nimporte total del impuesto al consumo de las bolsas de pl\u00e1stico (ICBPER).\n\n\n\n<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Ley de Pl\u00e1sticos (vigente a partir del 1 de agosto del 2019) como aspectos relevantes, ha establecido por un lado, la obligaci\u00f3n de cobrar al consumidor por cada bolsa que se entregue, con ocasi\u00f3n a las actividades de comercio en general, una suma equivalente al precio del mercado, y por el otro,&nbsp; se ha [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":437,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-436","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-legal"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/436","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=436"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/436\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":438,"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/436\/revisions\/438"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/437"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=436"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=436"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/ladersam.com\/cursorcorporativo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=436"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}