miércoles 29 de julio de 2026

Reintegro tributario acuicultura 2026: nuevo procedimiento SUNAT y PRODUCE

El reintegro tributario acuicultura 2026 ha sido regulado mediante la Resolución N° 000063-2026/SUNAT, publicada el 09 de abril de 2026, aprobando las disposiciones operativas para solicitar la devolución del IGV prevista en la Ley 31666.

Esta norma establece el procedimiento, formularios y flujo de información entre PRODUCE y SUNAT para hacer efectivo este beneficio a favor de los contribuyentes del sector acuícola.

reintegro tributario acuicultura 2026

En este artículo explicamos el reintegro tributario acuicultura 2026 y cómo los contribuyentes del sector acuícola pueden solicitar la devolución del IGV mediante el nuevo procedimiento aprobado por SUNAT.

¿Qué es el reintegro tributario acuicultura 2026?

El reintegro tributario acuicultura 2026 es un beneficio previsto en la Ley 31666 que permite a los contribuyentes del sector acuícola solicitar la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) pagado en sus adquisiciones e importaciones vinculadas a su actividad productiva.

La Resolución N° 000063-2026/SUNAT aprueba las disposiciones operativas necesarias para hacer efectivo este beneficio:

  • Se aprueba el Formulario Virtual N° 1649 para solicitar el reintegro.
  • La solicitud se presenta vía SUNAT Operaciones en Línea.
  • Se permite modificar el monto solicitado antes de la resolución.
  • Se regula el flujo de información entre PRODUCE y SUNAT.

¿Cómo solicitar el reintegro del IGV?

Para acceder al reintegro tributario acuicultura 2026, los contribuyentes deben seguir el procedimiento establecido por SUNAT utilizando los canales digitales habilitados.

El proceso de solicitud comprende los siguientes pasos:

  • Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con Clave SOL.
  • Completar el Formulario Virtual N° 1649.
  • Consignar el detalle de adquisiciones e importaciones que sustentan el reintegro.
  • Presentar la solicitud de forma electrónica.

Es importante destacar que el contribuyente podrá modificar el monto solicitado antes de que SUNAT notifique la resolución correspondiente, lo cual brinda flexibilidad durante el proceso.


Flujo de información entre PRODUCE y SUNAT

La norma que regula el reintegro tributario acuicultura 2026 establece un mecanismo de coordinación interinstitucional entre el Ministerio de la Producción (PRODUCE) y la SUNAT para garantizar la correcta aplicación del beneficio.

PRODUCE debe remitir a SUNAT la siguiente información:

  • Informe técnico legal que sustenta la solicitud del contribuyente.
  • Documentación sustentatoria del proyecto de inversión acuícola.
  • Datos mensuales sobre programas de inversión vigentes.
  • Información sobre habilitaciones sanitarias y sujetos beneficiarios.

Este flujo de información permite a SUNAT verificar que las adquisiciones e importaciones declaradas efectivamente corresponden a actividades acuícolas amparadas por la Ley 31666.


Requisitos para acceder al beneficio

Los contribuyentes que deseen  acceder al reintegro tributario acuicultura 2026 deben cumplir con las condiciones establecidas en la Ley 31666 y en las resoluciónes que publica la SUNAT desde su pagina web.

Los principales requisitos incluyen:

  • Estar inscrito como contribuyente del sector acuicultura ante PRODUCE.
  • Contar con habilitación sanitaria vigente.
  • Tener un programa de inversión aprobado por PRODUCE.
  • Sustentar las adquisiciones e importaciones con comprobantes de pago válidos.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede generar el rechazo de la solicitud por parte de SUNAT.


Vigencia y datos de la norma

La Resolución N° 000063-2026/SUNAT que regula el reintegro tributario acuicultura 2026 presenta los siguientes datos:

  • Fecha de publicación: 09 de abril de 2026.
  • Inicio de vigencia: 10 de abril de 2026.
  • Norma base: Ley 31666 (Ley de Acuicultura).
  • Formulario: Virtual N° 1649 en SUNAT Operaciones en Línea.

Revisar la norma completa en el portal de SUNAT.

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