miércoles 29 de julio de 2026

Zonas económicas especiales ZEEP 2026: nuevo reglamento tributario y aduanero

Las zonas económicas especiales ZEEP han sido reglamentadas mediante el Decreto Supremo N° 005-2026-MINCETUR, publicado el 22 de abril de 2026, aprobando las condiciones para su implementación, operación y supervisión como mecanismos de promoción de inversiones.

Esta norma desarrolla la Ley 32449 y establece el régimen tributario y aduanero especial aplicable a estas zonas destinadas a atraer inversión privada, desarrollo industrial y generación de empleo.

zonas económicas especiales ZEEP

En este artículo explicamos las zonas económicas especiales ZEEP y los aspectos clave del nuevo reglamento que regula su creación, operación, tratamiento tributario y control aduanero.

¿Qué son las zonas económicas especiales ZEEP?

Las zonas económicas especiales ZEEP son áreas geográficas delimitadas destinadas a atraer inversión privada y promover actividades industriales, de ensamblaje y servicios con valor agregado, así como el desarrollo tecnológico y sostenible.

Se caracterizan por:

  • Contar con un tratamiento tributario y aduanero especial.
  • Estar orientadas a la promoción de inversiones productivas.
  • Ser administradas por un operador privado.
  • Requerir autorización del MINCETUR para su creación.

Proceso de creación de una ZEEP

El reglamento de las zonas económicas especiales ZEEP establece un proceso formal de creación que involucra la participación del MINCETUR y del sector privado.

Las etapas del proceso son:

  • Presentación de solicitud ante el MINCETUR.
  • Elaboración y presentación de un Plan Maestro.
  • Evaluación técnica por parte del Comité Evaluador.
  • Selección de un operador privado para la implementación y administración.

El MINCETUR aprobará en un plazo de 60 días hábiles los lineamientos y criterios para la evaluación de las ZEEP, operadores privados y funcionamiento del Comité Evaluador.


Criterios de ubicación y actividades permitidas

Las zonas económicas especiales ZEEP deben cumplir criterios específicos de ubicación y delimitar claramente las actividades productivas permitidas dentro de su ámbito.

Los criterios de ubicación incluyen:

  • Conectividad logística adecuada para operaciones comerciales.
  • Compatibilidad territorial con el entorno.
  • Disponibilidad del terreno para las instalaciones.

Las actividades permitidas se centran en procesos productivos, quedando excluidas expresamente:

  • Minería y extracción de hidrocarburos.
  • Servicios financieros.
  • Otras actividades no vinculadas a la producción industrial.

Requisitos del operador privado y usuarios

El reglamento de las zonas económicas especiales ZEEP define los requisitos para el operador privado encargado de la gestión integral y para los usuarios que operarán dentro de la zona.

El operador privado debe:

  • Contar con solvencia económica demostrada.
  • Asumir la gestión integral de la ZEEP, incluyendo infraestructura.
  • Garantizar el control y trazabilidad de operaciones.

Los usuarios (industriales y de servicios) deben:

  • Cumplir condiciones de inversión mínima.
  • Estar formalizados ante SUNAT y las entidades competentes.
  • Vincular sus operaciones con actividades productivas.

Sistema de control digital e interoperabilidad

Un aspecto clave del reglamento de las zonas económicas especiales ZEEP es la implementación de un sistema de control e interoperabilidad digital entre todos los actores involucrados.

El sistema comprende:

  • Interconexión digital entre operadores, usuarios, SUNAT y MINCETUR.
  • Trazabilidad de mercancías en tiempo real.
  • Supervisión permanente de las operaciones dentro de la ZEEP.
  • Reportes automatizados para las entidades de control.

Vigencia y datos de la norma

El D.S. N° 005-2026-MINCETUR sobre zonas económicas especiales ZEEP presenta los siguientes datos:

  • Fecha de publicación: 22 de abril de 2026.
  • Inicio de vigencia: 23 de abril de 2026.
  • Norma base: Ley 32449.
  • Entidades involucradas: MINCETUR y SUNAT.

Revisar la norma completa en el portal del MINCETUR.

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