martes 28 de julio de 2026

Ley 32678: Levantamiento de Medidas Cautelares de Embargo en 24 Horas

La Ley 32678, publicada el 25 de junio de 2026 y vigente desde el 26 de junio de 2026, modifica la Ley 26979 de Procedimiento de Ejecución Coactiva para fortalecer el levantamiento de las medidas cautelares de embargo una vez cancelada la obligación o aprobado el fraccionamiento de la deuda.

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¿Qué son las Medidas Cautelares de Embargo?

Las medidas cautelares son mecanismos que utiliza la administración para asegurar el cobro de una deuda dentro de un procedimiento de ejecución coactiva. El embargo sobre cuentas bancarias es una de las formas más frecuentes y afecta directamente la liquidez de las empresas y personas obligadas.

Nuevos plazos para el levantamiento de Medidas Cautelares

La Ley 32678 establece plazos claros y perentorios que buscan evitar demoras injustificadas en la liberación de los montos retenidos:

  • El ejecutor coactivo deberá emitir la resolución y remitir el oficio para el levantamiento del embargo sobre cuentas bancarias dentro de las 24 horas siguientes a la cancelación o aprobación del fraccionamiento de la deuda.
  • Las entidades bancarias y financieras deberán levantar la medida cautelar el mismo día de recibido el oficio o, si es notificado fuera del horario laboral, el primer día hábil siguiente.
  • Se incorpora como falta grave el incumplimiento de estos plazos por parte de los funcionarios o servidores públicos responsables.

Modificación del Código Tributario

Adicionalmente, la norma modifica el artículo 118° del TUO del Código Tributario. Con este cambio, una vez cancelada la deuda tributaria o aprobado su fraccionamiento, el ejecutor coactivo deberá emitir la resolución de levantamiento de las medidas cautelares sobre los montos retenidos y remitir los oficios correspondientes a las entidades involucradas dentro del plazo máximo de 24 horas.

Beneficios para los contribuyentes

  • Recuperación más rápida de la liquidez tras el pago de la deuda.
  • Mayor seguridad jurídica frente a demoras administrativas.
  • Responsabilidad expresa de los funcionarios que incumplan los plazos.
  • Reglas uniformes para el levantamiento de embargos bancarios.

Importancia de conocer tus derechos

Conocer los plazos aplicables al levantamiento de las medidas cautelares permite a los contribuyentes exigir el cumplimiento oportuno de la liberación de sus fondos. Ante una demora que exceda las 24 horas, es posible requerir la actuación del ejecutor coactivo y advertir la falta grave incorporada por la nueva ley.

Para revisar el texto completo de la Ley 32678 sobre medidas cautelares, consulta el Diario Oficial El Peruano o el portal de SUNAT.

Si enfrentas un embargo o un procedimiento de ejecución coactiva, contáctanos para recibir asesoría tributaria especializada.

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