Devolución ISC transportistas 2026: nuevo porcentaje para transporte terrestre
La devolución ISC transportistas ha sido actualizada mediante la Resolución N° 000067-2026/SUNAT, publicada el 16 de abril de 2026, aprobando el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo.
Este porcentaje es aplicable a los meses de enero, febrero y marzo de 2026 y beneficia a los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre de carga y pasajeros.

¿Qué es la devolución ISC transportistas?
La devolución ISC transportistas es un beneficio tributario establecido por el Decreto de Urgencia N° 012-2019 que permite a los transportistas terrestres recuperar parte del Impuesto Selectivo al Consumo pagado en la adquisición de combustible utilizado para prestar sus servicios.
El objetivo de este beneficio es:
- Reducir el impacto del ISC en los costos operativos del transporte.
- Mejorar la competitividad de los transportistas terrestres.
- Fomentar la formalización del sector transporte.
- Garantizar tarifas razonables en el servicio de transporte público.
¿Qué establece la Resolución 000067-2026/SUNAT?
La norma aprueba el porcentaje necesario para calcular el límite máximo de devolución ISC transportistas correspondiente al primer trimestre de 2026. Este porcentaje se actualiza periódicamente y determina cuánto puede recuperar cada transportista.
Los aspectos principales de la resolución son:
- Se aprueba el porcentaje aplicable a enero, febrero y marzo de 2026.
- El porcentaje se calcula conforme al Reglamento del D.U. 012-2019.
- Aplica exclusivamente al servicio de transporte terrestre.
- Determina el tope máximo de devolución por período.
¿Quiénes pueden solicitar esta devolución?
La devolución ISC transportistas está dirigida a los prestadores del servicio de transporte terrestre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Los beneficiarios comprenden:
- Transportistas de carga terrestre con autorización vigente del MTC.
- Transportistas de pasajeros con ruta autorizada.
- Personas naturales o jurídicas que presten servicio de transporte terrestre.
- Contribuyentes que adquieran combustible con comprobantes de pago válidos.
Es indispensable que los transportistas estén inscritos en el RUC y cuenten con la habilitación correspondiente para acceder al beneficio tributario.
¿Cómo se calcula el límite máximo?
El cálculo del límite máximo de devolución ISC transportistas se realiza aplicando el porcentaje aprobado por SUNAT sobre el monto del ISC efectivamente pagado en las adquisiciones de combustible del período correspondiente.
El procedimiento comprende los siguientes pasos:
- Identificar el total de adquisiciones de combustible del trimestre.
- Determinar el ISC pagado en dichas adquisiciones.
- Aplicar el porcentaje aprobado por SUNAT al ISC pagado.
- El resultado constituye el límite máximo de devolución.
El monto solicitado no puede exceder el límite máximo determinado conforme al porcentaje vigente para cada período.
Requisitos para solicitar la devolución
Para acceder a la devolución ISC transportistas, los contribuyentes deben cumplir con las condiciones previstas en el Reglamento del D.U. 012-2019.
Los principales requisitos incluyen:
- Contar con inscripción vigente en el RUC.
- Tener autorización del MTC para prestar servicio de transporte terrestre.
- Sustentar las adquisiciones de combustible con comprobantes de pago electrónicos.
- Presentar la solicitud dentro del plazo establecido por SUNAT.
- No tener deuda tributaria exigible pendiente de pago.
Vigencia y datos de la norma
La Resolución N° 000067-2026/SUNAT sobre devolución ISC transportistas presenta los siguientes datos:
- Fecha de publicación: 16 de abril de 2026.
- Inicio de vigencia: 17 de abril de 2026.
- Período aplicable: enero, febrero y marzo de 2026.
- Norma base: Reglamento del D.U. 012-2019.
Revisar la norma completa en el portal de SUNAT.
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