Reclamos comercio electrónico Perú 2026: nuevas reglas y prácticas prohibidas
Reclamos comercio electrónico Perú ahora cuenta con nuevas disposiciones tras la publicación del Decreto Legislativo N° 1729, vigente desde el 13 de febrero de 2026.
Esta norma fortalece la protección del consumidor en entornos digitales, estableciendo obligaciones para empresas que operan mediante plataformas, aplicaciones y canales online, incluyendo proveedores no domiciliados.

¿Qué establece el Decreto Legislativo N° 1729?
La regulación sobre reclamos comercio electrónico Perú modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor para:
- Fortalecer la atención de reclamos en canales digitales.
- Regular prácticas comerciales coercitivas online.
- Incluir obligaciones para proveedores nacionales y extranjeros.
- Mejorar la transparencia en el comercio electrónico.
Obligaciones en atención de reclamos
Los proveedores que operan en reclamos comercio electrónico Perú deberán cumplir con lo siguiente:
- Contar con mecanismos accesibles y permanentes para reclamos.
- Permitir reclamos directos sin costos adicionales.
- Ofrecer soluciones eficaces en plazos razonables.
- Mantener canales activos de atención al cliente.
En el caso de proveedores no domiciliados, deberán contar como mínimo con un canal de contacto operativo, como correo electrónico, para gestionar reclamos y solicitudes.
Prácticas comerciales coercitivas prohibidas
En el ámbito de reclamos comercio electrónico Perú, se consideran prácticas prohibidas:
- Interfaces que manipulan decisiones del consumidor.
- Diseños que dificultan cancelar compras o servicios.
- Estrategias que inducen decisiones no deseadas.
- Uso de patrones engañosos en plataformas digitales.
Estas prácticas, conocidas como dark patterns, afectan la libertad de elección del consumidor y ahora están expresamente prohibidas.
¿Quién supervisa el cumplimiento?
El cumplimiento de las normas sobre reclamos comercio electrónico Perú será supervisado por:
- INDECOPI como autoridad de protección al consumidor.
- Autoridades competentes según el tipo de infracción.
Además, se prevé la aprobación de normas reglamentarias complementarias en un plazo de 180 días calendario.
Riesgos por incumplimiento
- Multas por infracciones al consumidor.
- Sanciones por prácticas comerciales coercitivas.
- Daño reputacional en entornos digitales.
- Procesos administrativos ante INDECOPI.
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