Teletrabajo 2026: Nuevos Valores de Compensación por Internet y Energía Eléctrica
La compensación teletrabajo internet y energía eléctrica ha sido actualizada mediante la
Resolución Ministerial N°051-2026-TR, publicada el 20 de febrero de 2025 y vigente
desde el 21 de febrero de 2026. Esta norma aprueba la actualización de los Anexos 1 y 2
del Reglamento de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, aprobado por D.S. 002-2023-TR.
Los nuevos valores referenciales permiten calcular la compensación teletrabajo internet y energía eléctrica
correspondientes al año 2026 que debe asumir el empleador.
y cómo deben aplicarlos los empleadores durante el 2026.
¿Qué establece la actualización?
La compensación teletrabajo internet y energía eléctrica responde a lo previsto en el
artículo 23 del Reglamento y su Tercera Disposición Complementaria Final, que disponen
la revisión anual de los valores referenciales para determinar la compensación que debe
asumir el empleador.
Alcance de la compensación
- Aplica cuando la prestación laboral se realiza en el domicilio del teletrabajador.
- Cubre el servicio de acceso a internet utilizado para fines laborales.
- Incluye el consumo de energía eléctrica asociado al teletrabajo.
- Puede pactarse un monto diferente por acuerdo entre las partes.
Valores referenciales para internet
El Anexo 1 actualizado establece los valores referenciales para el cálculo de la
compensación teletrabajo internet y energía eléctrica en lo que respecta
al servicio de acceso a internet. Estos valores consideran:
- Tarifas promedio del mercado de servicios de internet fijo.
- Proporción del uso destinado a fines laborales.
- Jornada laboral del teletrabajador.
Valores referenciales para energía eléctrica
El Anexo 2 establece los valores correspondientes al consumo de energía eléctrica
dentro de la compensación teletrabajo internet y energía eléctrica:
- Consumo promedio de equipos informáticos utilizados en el teletrabajo.
- Tarifas eléctricas vigentes según zona geográfica.
- Horas efectivas de trabajo remoto.
Obligaciones del empleador
Los empleadores que mantengan trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo deben
cumplir con la compensación teletrabajo internet y energía eléctrica
conforme a los valores actualizados, salvo pacto en contrario.
- Aplicar los nuevos valores desde el 21 de febrero de 2026.
- Los Anexos actualizados están disponibles en el portal del MTPE (www.gob.pe/mtpe).
- El pacto en contrario debe constar por escrito.
Asesoría especializada
Si necesitas orientación sobre las obligaciones de compensación en teletrabajo, revisa nuestros
servicios de consultoría laboral.
También puedes consultar los anexos actualizados en el portal del
Ministerio de Trabajo.
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tributaria y cumplimiento normativo para empresas que operan en el mercado peruano.


