Levantamiento de Medidas Cautelares: Ley 32678 en 24h
La Ley 32678 obliga a levantar las medidas cautelares de embargo en 24 horas tras pagar o fraccionar la deuda tributaria. Conoce los nuevos plazos vigentes.
La Ley 32678 obliga a levantar las medidas cautelares de embargo en 24 horas tras pagar o fraccionar la deuda tributaria. Conoce los nuevos plazos vigentes.
El D.S. 121-2026-EF aprueba los Topes Máximos de Capacidad Anual para obras por impuestos y la emisión de CIPRL de gobiernos regionales, locales y universidades.
El D.S. 120-2026 aprueba el listado de entidades con excepción percepción IGV según la Ley 29173. Rige desde el 1 de julio de 2026. Conoce los detalles aquí.
SUNAT prorroga el plazo para presentar el reporte local ejercicio 2025 hasta octubre 2026. Conoce las nuevas fechas de vencimiento del Formulario 3560.
Incentivos Tributarios para la Industria Cinematográfica y Audiovisual del Perú El Decreto Supremo N° 099-2026-EF,
La Resolución 1666-2026/SPC-INDECOPI establece que negar la apertura de una cuenta a una “persona restringida” no constituye automáticamente discriminación. Para que exista dicha infracción, debe acreditarse una diferencia de trato frente a consumidores en situación comparable. La conducta también puede evaluarse como una posible vulneración del deber de idoneidad.
La Resolución 725-2026-SUNAFIL/TFL establece que no corresponde aplicar el concurso de infracciones SUNAFIL cuando los incumplimientos en seguridad y salud en el trabajo derivan de obligaciones preventivas autónomas. La falta de supervisión efectiva, capacitación adecuada y equipos de protección personal constituye infracciones independientes, aun cuando estén vinculadas con un mismo accidente laboral.
La Corte Suprema estableció cuatro reglas obligatorias sobre la conservación de registros laborales, la carga probatoria y el reconocimiento de horas extras correspondientes a periodos superiores a cinco años.
La RTF 3975-11-2026 establece un precedente obligatorio sobre la responsabilidad solidaria de los miembros y exmiembros de consorcios con contabilidad independiente.
El Tribunal Fiscal establece que la responsabilidad solidaria en consorcios alcanza a miembros y exmiembros por la totalidad de la deuda tributaria generada durante su participación, sin importar su porcentaje, función o intervención en la gestión.